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OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA FEBRERO 2025

A continuación detallamos las obligaciones tributarias de los contribuyentes para este mes de febrero:

 

  1. Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia (RDEP):

 

Desde el 21 de enero hasta el 7 de febrero, conforme al noveno dígito del RUC, los empleadores deben presentar en formato digital ante el Servicio de Rentas Internas (en adelante, “SRI”), la información relativa a las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia,  por los pagos efectuados a sus trabajadores en el período comprendido entre el primero de enero y el treinta y uno de diciembre  del 2024. Dicha presentación es obligatoria incluso cuando no se haya generado retención alguna.

 

  1. Anexo de Gastos Personales:

 

Desde el 10 hasta el 28 de febrero, conforme al noveno dígito de la cédula o RUC, las personas naturales que deseen aplicar la rebaja por gastos personales en su declaración de Impuesto a la Renta deben presentar el Anexo de Gastos Personales correspondiente al ejercicio fiscal 2024 ante el SRI.

 

  1. Reporte de Beneficiarios Finales y Composición Societaria (REBEFICS):

 

Desde el 10 hasta el 28 de febrero, conforme al noveno dígito del RUC, las sociedades, sucursales de sociedades extranjeras residentes en Ecuador y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes deben presentar el reporte REBEFICS con corte al 31 de diciembre de 2024.

 

  1. Pago de la Primera Cuota del Impuesto Predial Rural:

 

Los contribuyentes que deseen acceder a un descuento del 10 % en el impuesto predial rural deben pagar la primera cuota en la municipalidad correspondiente hasta el 14 de febrero.

 

  1. Pago del Impuesto Predial Urbano:

 

Los propietarios de predios en zonas urbanas que deseen obtener un descuento en el impuesto predial urbano pueden beneficiarse con un 8 % de descuento si realizan el pago hasta el 15 de febrero. En caso de efectuar el pago entre el 16 y el 28 de febrero, el descuento aplicable será del 7 %.

 

  1. Pago del Impuesto a los Vehículos Motorizados (IVM):

 

Hasta el 28 de febrero, los propietarios de vehículos de uso particular cuyo último dígito de placa sea 1 deben pagar el IVM en las instituciones financieras autorizadas por el SRI.

 

  1. Entrega de la Proyección de Gastos Personales por Parte de los Trabajadores:

 

Hasta el 28 de febrero, los trabajadores bajo relación de dependencia deben entregar a su empleador la proyección de gastos personales para determinar el crédito tributario aplicable al Impuesto a la Renta 2025.

 

© TobarZVS 

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.


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