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OBLIGACIONES TRIBUTARIAS – AGOSTO 2024

En el mes de agosto los contribuyentes deberán cumplir con las siguientes obligaciones tributarias:

 

ü  Anexo Transaccional Simplificado – Anexo Transaccional Simplificado semestral para RIMPE

 

Presentación por parte de personas naturales y sociedades del Anexo Transaccional Simplificado, que contendrá la información mensual relativa a las compras o adquisiciones, ventas o ingresos, exportaciones o ingresos obtenidos del exterior, comprobantes anulados y retenciones pertenecientes al giro del negocio. El anexo correspondiente a los meses de enero a junio se presentará hasta agosto según el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC).

 

ü  Presentación de la declaración semestral del IVA por parte de contribuyentes RIMPE – Emprendedores

 

Desde el 10 de agosto hasta el 28 de agosto, según el noveno dígito del RUC, los contribuyentes sujetos al RIMPE – Emprendedores deben presentar la declaración de IVA correspondiente al primer semestre del ejercicio fiscal 2024 (Enero a Junio).

 

 ü  Pago del impuesto a los predios rurales: 

 

Hasta el 16 de agosto, las personas naturales y sociedades propietarias de predios ubicados dentro de los límites de las zonas rurales, deberán pagar la segunda cuota del Impuesto Predial Rural a la respectiva municipalidad donde se encuentra ubicado el predio.

 

 ü  Pago de Impuesto a los Vehículos Motorizados (IVM):

 

Los propietarios de vehículos de uso particular cuyo último dígito de placa sea siete (7), deberán efectuar el pago del IVM hasta el 31 de agosto ante las instituciones financieras autorizadas por el SRI.

 

Adicionalmente, los contribuyentes deberán cumplir con el resto de obligaciones tributarias mensuales, conforme el noveno dígito de su RUC:

 

·         Declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

 

·         Declaración de retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta.

 

·         Declaración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD).

 

·         Declaración y anexo del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

 

·         Anexo Reporte de Operaciones y Transacciones Económicas Financieras (ROTEF).

 

·         Anexo Movimiento Internacional de Divisas (MID).

·         Declaración del Impuesto a Activos en el Exterior.

 

Para más información no duden contactarse con nuestro Socio de la Práctica Tributaria, Iván García (igarcia@tzvs.ec).

 

© TobarZVS 

Esta publicación contiene información de interés general y no constituye opinión legal sobre asuntos específicos. Cualquier análisis particular, requerirá asesoramiento legal de la Firma.


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