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Nueva Política de Simplificación de Trámites

Con fecha 4 de mayo de 2018, se publicó en el Registro Oficial el Decreto Presidencial No. 372 que declara como política de estado la mejora regulatoria y la simplificación de trámites. Al respecto, Usted debe conocer lo siguiente:

1. Esta nueva política aplica para todo proceso que se lleve a cabo en entidades de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva (en adelante “instituciones”).

2. Las instituciones no podrán exigir documentos o certificados que sean producidos o se encuentren a cargo de las mismas, así como todo requisito de certificación o declaración ante Notario que no esté prescrito por la Ley. Por tanto, es obligación de las instituciones recurrir a los respectivos portales de datos públicos.

3. Para que un nuevo trámite o carga administrativa sea exigible a los ciudadanos deberá ser publicado en el Registro Oficial.

4. El sector privado podrá solicitar la eliminación de trámites innecesarios, a través del Comité de Política Regulatoria.

5. Se prevé que para el mes de octubre, sea implementada una plataforma en la que los ciudadanos podrán revisar todos los requisitos y procedimientos de cada trámite, razón por la que las instituciones están en la obligación de incorporar dicha información en este sistema.

Nota: De conformidad con la Sentencia No. 11-12-SIN-CC, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 743 de 11 de julio de 2012, el Pleno de la Corte Constitucional determinó que no se exigirá la presentación del certificado de votación en los trámites jurisdiccionales dentro de la Función Judicial, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública y Corte Constitucional.


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